INICIO | NOTAS | INMOBILIARIAS
   
Busqueda Avanzada             
Buscar por codigo

   

Suscribase y reciba ia revista por mail en formato pdf

su mail

Le contenu de cette page nécessite une version plus récente d’Adobe Flash Player.

Obtenir le lecteur Adobe Flash

Le contenu de cette page nécessite une version plus récente d’Adobe Flash Player.

Obtenir le lecteur Adobe Flash

Municipalidad de Villa de Merl
REQUISITOS PARA LA ADHESIÓN - ORDENANZA VIII-0467-2012-HCD
RÉGIMEN ESPECIAL PARA REGULARIZACIÓN DE OBRAS TERMINADAS

Art. 1º: Podrán Regularizar:
Obras Terminadas sin permiso con antigüedad a 10 años, obras terminadas no declaradas, ejecutadas violando ordenanza o Terminadas con trámites iniciados.

Art. 2º: Requisitos para inscripción:
1) Solicitud de regularización firmado por el propietario o apoderado y profesional actuante en original y una fotocopia. El propietario y/o apoderado deberán constituir un domicilio en Villa de Merlo, donde serán válidas todas las notificaciones que puedan corresponder.
2) Libre deuda de las tasas municipales de servicio a la propiedad y tasas de seguridad e higiene (comerciales) si correspondieran.
3) Fotografías representativas de la situación.

Art. 3º: Requisitos para completar la documentación:
1) Fotocopia solicitud de regularización firmado por el propietario o apoderado y profesional actuante en original y una fotocopia. El propietario y/o apoderado deberán constituir un domicilio en Villa de Merlo, donde serán válidas todas las notificaciones que puedan corresponder.
2) Índice de la documentación presentada, la que deberá estar apropiadamente foliada.
3) Copia de escritura.
4) En caso de que la presentación se efectúe a través de persona autorizada, deberá adjuntarse al expediente la correspondiente nota de autorización suscripta por el profesional actuante.
5) Planos: 4 copias.
6) Si existen antecedentes de la obra presentados oportunamente en el municipio agregar copia de los mismos.
7) Nota del profesional indicando el detalle preciso de las infracciones.
8) En caso de que la infracción refiera a retiros laterales y si existieran en los mismos luces o vistas, se deberá presentar acta de acuerdo entre vecinos con firmas certificadas por Juez de Paz o Escribano Público. En este caso, el vecino autorizante deberá figurar como titular del inmueble en el municipio o acompañar fotocopia certificada que acredite la titularidad del inmueble.
9) Comprobante de pago de la tasa de "Solicitud de Adhesión al RÉGIMEN ESPECIAL PARA REGULARIZACIÓN DE OBRAS TERMINADAS" que corresponda al tipo de inmueble a regularizar:
a) Viviendas Sociales o menores de 80m²: $100.-
b) Viviendas unifamiliares: $500.-
c) Comercio e Industria: $800.-
d) Hotelería y Complejos Turísticos: $950.-

Art. 4º: Plazos
a) Inscripción: 60 días a partir del 07 de marzo al 07 de mayo.
b) Completar documentación: a partir del 08 de mayo al 08 de septiembre.

Aberturas / Amoblamientos   
Arquitectura / Construcción   
Carpintería   
Climatización / Aislación   
Construcción en seco   
Decoración    
Electricidad y afines   
Estudio de impacto ambiental   
Ferreterías y afines   
Herrerías   
Inversiones / Inmobiliarias   
Joyerías   
Loneras   
Madereras   
Materiales p/construcción y afines   
Parques, piscinas y afines   
Parques, viveros y jardines   
Pinturerías   
Pisos y Revestimientos   
Plomería/Gas   
Premoldeados   
Purificadores de agua   
Redes de Gas Natural   
Seguridad   
Servicio Técnico   
Servicios para la construcción   
Vidrierías   
Zinguerías   

Le contenu de cette page nécessite une version plus récente d'Adobe Flash Player.

Obtenir le lecteur Adobe Flash